DESGRAVAR LAS CUOTAS COLEGIALES
Hola compañer@s;
Os recordamos que las cuotas colegiales pueden desgravarse en la declaración de
la renta, esto viene recogido en el
"Artículo 10. Gastos deducibles por cuotas
satisfechas a sindicatos y Colegios profesionales. Para la determinación del rendimiento neto del trabajo, serán deducibles las
cuotas satisfechas a sindicatos. También serán deducibles las cuotas
satisfechas a Colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter
obligatorio para el desempeño del trabajo, en la parte que corresponda a los
fines esenciales de estas instituciones, con el límite de 500 euros anuales."
Habitualmente Hacienda no incluye esta deducción en los borradores de las Declaraciones, por lo que os tocará modificarlo, bien en vuestra gestoría, bien pidiendo cita en la misma Hacienda o vosotros mismos.
Si os animáis a realizarlo vosotros mismos, tendréis que seguir los pasos indicados en el siguiente vídeo;
HACIENDA
Comentarios
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